Chuquisaca. Red Aclo.- De acuerdo a consultas realizadas a la ciudadanía sobre si conocen las leyes que protegen al medio ambiente; casi todos respondieron que no están al tanto poco. Lo que significa, ausencia de una estrategia o poca comunicación sobre éste tema desde las instituciones del Estado, aunque las autoridades señalan saber sobre la normativa vigente.
Hecha la consulta a la ciudadanía, sobre si conocen algunas normativas que protegen al medio ambiente. Las respuestas de los consultados fue, que desconocen las normas ambientales vigentes en Bolivia y solo hacen mención a las normas establecidos para la noche de San juan que es la prohibición de encendido de las fogatas y la venta de productos pirotécnicos.
Respecto a las normas municipales, la Dirección del Medio Ambiente del gobierno municipal de Potosí, determinó lanzar una ordenanza municipal sobre la prohibición de encender fogatas, las personas que infrinjan dichas normas serán sancionadas con recursos económicas de 300 hasta 2000 bolivianos. Esta norma tiene la finalidad de reducir los índices de contaminación del medio ambiente. Acciones similares ha tomado las autoridades municipales de Sucre, Tarija y Villa Montes.
Recordemos, que en Bolivia se tiene importantes mecanismos legales que deben ser aplicados por la administración de gobierno central y las entidades autónomas departamentales y municipales. Sin embargo, todavía no se despliegan luces que puedan ser vistas a nivel nacional como ejemplo o como acciones concretas que sirvan para exigir similares comportamientos en los territorios.
Cabe recordar algunos acápites de la Constitución Política del Estado de 2009, referidos a la protección del entorno vital. Por ejemplo, el artículo 9 señala que “son fines y funciones esenciales del Estado (…): 6. Promover y garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales, e impulsar su industrialización, a través del desarrollo y del fortalecimiento de la base productiva en sus diferentes dimensiones y niveles, así como la conservación del medio ambiente, para el bienestar de las generaciones actuales y futuras”. No obstante, las proyecciones de desarrollo se manifiestan de maneras contradictorias, lo mismo ocurre con lo establecido en la Ley 1333 del Medio Ambiente.
La Ley 1333 del Medio Ambiente, fue promulgada el 27 de abril de 1992 y publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia el 15 de junio de 1992. Es de carácter general y no enfatiza en actividad específica alguna. Su objetivo es “la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población”. Esta ley define el marco general de protección ambiental que rige en el país, fija los objetivos de la política ambiental (con carácter orientador), da el marco institucional y las competencias de las autoridades ambientales, e incorpora la planificación ambiental en la planificación del desarrollo nacional.
Leyes relativos a la protección del medio ambiente:
Entre las leyes que protegen al medio ambiente en Bolivia se mencionan los siguientes:
- Ley 27/2006 de 18 de julio, que regula los derechos de acceso a la información participación pública y de acceso a la justicia en materia de media ambiente. También establece que todos tenemos derecho a participar en los procesos de toma de decisiones en materia de medio ambiente y que la Administración nos tiene que tener en cuenta en la elaboración de planes, programas y disposiciones de carácter general relacionados con el medio ambiente.
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados: en la que se dice, entre otras muchas cosas, que estamos obligados a entregar nuestros residuos domésticos para su tratamiento en los términos que establezcan en las ordenanzas a las Entidades Locales, a las que, a su vez, obliga a la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares.
- Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases: esta es la que regula el contenedor amarillo y las alternativas para la gestión de residuos de envases.
- Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido: aquí se trata la contaminación acústica, pero para el ruido en los lugares de trabajo o las molestias entre vecinos nos envía directamente a la legislación de prevención de riesgos laborales o lo que digan las ordenanzas municipales.
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental: dice que el proyecto y el estudio de impacto ambiental se someterá a información pública durante un plazo no inferior a treinta días en una fase del procedimiento sustantivo de autorización del proyecto en la que estén abiertas todas las opciones relativas a la determinación del contenido, la extensión y la definición del proyecto. Es decir, que los ciudadanos tenemos voz en el proceso de aprobación de proyectos que afectan al medio ambiente.
- Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación: esta sólo afecta a grandes empresas con gran riesgo de contaminación, pero establece igualmente que se consulte a los ciudadanos antes de autorizar su funcionamiento. Además, de algún modo, se relaciona con el PRTR, y eso pone a nuestro alcance mucha información sobre las emisiones industriales.
- Ley de aguas: entre el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y su desarrollo normativo encontramos todo lo que tiene que ver con el agua.
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: entre otras cuestiones, esta ley considera que “el patrimonio natural y la biodiversidad desempeñan una función social relevante por su estrecha vinculación con el desarrollo, la salud y el bienestar de las personas y por su aportación al desarrollo social y económico”.
- Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera: define los niveles de contaminación atmosférica, objetivos de calidad del aire, umbrales de información y alerta.
- Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental: Afecta a cualquier actividad económica que cause un daño al medio ambiente y establece que cualquiera puede solicitar a la Administración pública la información de la que disponga sobre los daños medioambientales y sobre las medidas de prevención o de reparación de tales daños.
Esta formulación de las políticas ambientales en Bolivia surge, de la preocupación mundial por la protección del medio ambiente que, a partir de la década del 70, se manifestó en diversos foros internacionales. Uno de los más importantes fue la denominada Cumbre de la Tierra, también conocida como “la Cumbre del rio” celebrada en Río de Janeiro en junio de 1992.
En la cumbre quedaron establecidos los principios universales que deben regir el desarrollo armónico de los países para mantener la sostenibilidad del planeta. En este encuentro surgió el concepto de “Desarrollo Sostenible” y se plantearon, a través de la “Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo”, una serie de compromisos que las naciones debían implementar para lograr el bienestar de la población actual sin poner en riesgo el de las futuras generaciones. Por otra parte, el Gobierno de Bolivia.
A través de la estrategia boliviana de la reducción de la pobreza, ha incluido en la agenda del área ambiental el objetivo de luchar contra la pobreza, promoviendo políticas de mayor crecimiento económico con un uso adecuado de los recursos naturales como la mejor forma de promover el desarrollo sostenible. Uno de los objetivos de esta estrategia es la mitigación de la contaminación, ya que constituye una amenaza a la salud.
Efectos de la contaminación:
La Organización Mundial de la Salud (OMS), ha confirmado que la contaminación del aire provoca cáncer en los pulmones y el mayor es que esta enfermedad se origine en la vejiga. Así se informó que, de acuerdo a resultados de miles de estudios en todo el mundo, el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CIIC), una agencia de la OMS, clasificó a la contaminación del aire en la categoría cancerígena “segura”.
Esto demuestra que pese a las acciones de mitigación y legislación generada en la mayoría de los países desde hace unos 20 años, las condiciones de amenaza son preocupantes, más cuando las naciones se empeñan en no asumir compromisos de cuidado ambiental y cuando las formas de consumo y producción se han disparado incentivadas por la competencia y las ansías de acumulación. En esta desconsideración, se tiene formas de vida en las que la población prefiere generar desechos en grandes cantidades en lugar de preservar el entorno, su propia salud y la del resto de los seres vivos.
El comunicado del CIIC señala que el transporte, la industria y la agricultura son causantes de esta situación, por lo que las personas expuestas a la contaminación atmosférica tienen mayor riesgo de desarrollar cáncer pulmonar. Las cifras de esta agencia indican que en 2010 más de 223.000 personas murieron con este tipo de enfermedad por contaminación del aire en el mundo.
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