Red ACLO, Potosí.- El pasado viernes 30 de junio el Tribunal Constitucional a través de la Sala Primera, prohibió el depósito de colas secas a manera preventiva y ordenó dar inicio al plan de cumplimiento del cierre y rehabilitación de los diques Laguna Pampa 1 y Laguna Pampa 2 ubicados en la comunidad de Cantumarca por generar grandes niveles de contaminación y causar efectos en la salud de los pobladores del lugar.
Ante la Acción Popular presentada por comunarios de Cantumarca y la Comisión de Medio Ambiente Minería y Forestación del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí exigiendo el cierre definitivo de los mencionados diques, el cual fue admitido en fecha 23 de junio y la audiencia de consideración de Acción popular se llevó a cabo el pasado viernes donde se logró introducir prueba pericial y también se practique una inspección IN SITU en el lugar donde niños y jóvenes de las escuelas se involucraron dando a conocer su demanda sobre la contaminación que se está viviendo en el sector, informó el Doctor Camilo Vera Moreira Asesor Jurídico de esta Comisión.
La Acción Popular demandó 4 derechos: derecho al ambiente sano, derecho a la salubridad, derechos de la madre Tierra en su vertiente aire y el derecho de las futuras generaciones a tener un aire limpio, en ese sentido el Tribunal Constitucional hizo la valoración respectiva.
Este plan de cierre ya debería haberse hecho en la gestión 2017 ya que estos diques tenían una licencia ambiental del año 2006 el cual fue actualizada el año 2011, desde ese año hasta el 2017 debería haberse hecho el cierre de Laguna Pampa 1 y 2 el cual no se realizó, desde esa gestión hasta el 2023 se estaba trabajando sin ninguna licencia ambiental, ahí la preocupación de los pobladores porque el transporte de partículas a Cantumarca y a la población potosina tiene un riesgo considerable porque los análisis de laboratorio demostraron que en uno de ellos se tiene 10,3 µg/dl en la sangre lo cual es muy preocupante.
Camilo Vera Moreira complemento: “se ha definido que hasta el año tiene que aplicarse la figura jurídica del cierre progresivo según el reglamento ambiental para actividades mineras, lo cual significa que hasta el 2024 ya tiene que estar encapsulado con todas las medidas técnicas para que no haya transporte de partículas” cerró enfatizando que “es un logro para la población potosina… alguien tiene que hablar sobre los riesgos a la salud de la contaminación… lo que se pide es que se haga un trabajo minero responsable en cumplimiento de la normativa ambiental…”
Según la organización mundial de la Salud (OMS), en un artículo publicado en su página web el 31 de agosto del 2022, explica que el plomo es una sustancia tóxica que va acumulándose en el organismo y va afectando a diversos sistemas, es especialmente nocivo para los niños de corta edad, se distribuye por el organismo hasta alcanzar el cerebro, el hígado, los riñones y los huesos. Se deposita en dientes y huesos, donde se va acumulando con el paso del tiempo; el plomo presente en los huesos pasa a la sangre durante el embarazo y se convierte en una fuente de exposición para el feto a lo largo de su desarrollo.
No existe un nivel de concentración de plomo en sangre que pueda considerase exento de riesgo; incluso una concentración sanguínea de tan solo 3,5 µg/dl puede afectar a la inteligencia de los niños y causar problemas de comportamiento y dificultades de aprendizaje; cuanto mayor es el nivel de exposición, más aumentan la diversidad y la gravedad de los síntomas y efectos asociados.
DF/RadioACLOPotosí